El Ministerio de Salud (Minsa) publicó el proyecto de reglamento de la Ley N° 32159, Ley de control del consumo de productos de tabaco, nicotina o sucedáneos, cuyo objetivo es proteger la salud de las personas, la familia y la comunidad de las graves consecuencias derivadas del consumo de los productos de tabaco, nicotina, exposición al humo de estos productos y emisiones del cigarrillo electrónico con o sin dispensación de nicotina.
Esta normativa fue elaborada por representantes de diversos sectores, promoviendo la intersectorialidad que abre la posibilidad para un mejor análisis y propuesta de elementos necesarios para la aplicación de lo dispuesto en la ley.
El texto establece definiciones técnicas detalladas y prohíbe el consumo de estos artículos en espacios públicos cerrados, centros educativos y establecimientos de salud. Asimismo, impone restricciones severas a la publicidad, promoción y patrocinio, exigiendo advertencias sanitarias gráficas y textuales en el empaquetado de todos los dispositivos.
La normativa también regula la interacción entre el Estado y la industria, priorizando la transparencia para evitar conflictos de interés en las políticas sanitarias. Finalmente, se designan las autoridades encargadas de la fiscalización y vigilancia para garantizar que tanto la comercialización como el consumo se ajusten a los estándares de protección ciudadana.
Cabe subrayar que el tabaquismo causa al año millones de muertes y enfermedades graves como diversos tipos de cáncer, enfermedades cardiovasculares, enfermedades pulmonares crónicas como la EPOC.
Mediante Resolución Ministerial N.° 236-2026-MINSA, el Minsa dispuso que la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General efectúe la publicación del proyecto de Reglamento de la Ley N° 32159, el proyecto de su exposición de motivos y del proyecto de Decreto Supremo que lo aprueba, en la sede digital del Ministerio de Salud (https://www.gob.pe/institucion/minsa/normas-legales/7905925-236-2026-minsa), a efecto de recibir las sugerencias, comentarios o recomendaciones de las entidades públicas o privadas, y de la ciudadanía en general, a través del correo electrónico: webmaster@minsa.gob.pe., o presentadas en la mesa de partes presencial, ubicada en la Avenida Salaverry N° 801, Jesús María, de lunes a viernes de 8:30 horas a 16:30 horas, durante el plazo de noventa (90) días calendario, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.
